La Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria concederá 500.000 euros a entidades locales que desarrollen proyectos relacionados con la movilidad sostenible durante 2006. Estos proyectos, que deben ser presentados en un plazo de 20 días naturales a partir del 19 de junio, fecha de publicación de la Orden en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC), deberán potenciar el uso del transporte público y las bicicletas, impulsar el respeto hacia los peatones y garantizar un uso mínimo del vehículo privado, entre otros.
Las subvenciones, que podrán alcanzar el 100 por ciento del total de la inversión realizada, con un máximo de 50.000 euros por proyecto, financiarán estudios destinados a elaborar planes y diagnósticos de movilidad sostenible, peatonalizar zonas, promover los transportes alternativos, fomentar el uso y ofrecer flotas públicas de bicicletas, gestionar aparcamientos y fomentar el uso compartido del automóvil y el biocombustible. También podrá solicitarse la ayuda para crear bases de datos o recursos didácticos y realizar actividades de promoción y sensibilización en torno a la movilidad sostenible.
El comité de valoración puntuará las propuestas en función de su interés ambiental, viabilidad técnico-económica, la relación entre coste y beneficio, el grado de elaboración, calidad, innovación, el grado de continuidad y estabilidad, y la pertenencia a la Agenda Local 21 de Cantabria. Las solicitudes que no obtengan un mínimo de siete puntos, quedarán excluidas como posibles beneficiarios. Si obtienen una valoración superior a ocho puntos, dispondrán del 100 por cien de la ayuda.
Este comité estará presidido por el secretario general de Medio Ambiente, y constituido por el director del Centro de Investigación del Medio Ambiente (CIMA), el jefe de la Oficina de Estudios y Proyectos, un asesor jurídico y un funcionario adscrito a la Secretaría General de Medio Ambiente, con voz, pero sin voto, que ejercerá las funciones de secretario.
En caso de que el beneficiario no cumpla sus obligaciones, deberá devolver la subvención. El incumplimiento parcial de los fines para los que se presentó la solicitud supondrá una devolución del 40 por ciento de la subvención; el incumplimiento del tiempo previsto para la ejecución del proyecto solicitado, sin prórroga autorizada, un 20 por ciento, y la demora en la presentación de los justificantes de la totalidad de las actividades y de las facturas originales correspondientes a la subvención, obligará al beneficiario a devolver un 10 por ciento de la ayuda concedida.