El Reglamento del Paisaje de la Comunidad Valenciana “integra urbanismo y medio ambiente”.

El conseller de Territorio y Vivienda, Esteban González Pons, ha afirmado que el Reglamento del Paisaje de la Comunitat Valenciana “integra urbanismo y medio ambiente” y entiende el paisaje como “una parte muy importante de nuestra cultura, costumbres y tradiciones”.



González Pons ha hecho estas afirmaciones en una rueda de prensa para explicar el contenido del nuevo Reglamento del Paisaje de la Comunitat Valenciana, aprobado por el Pleno del Consell.


En su intervención el Conseller de Territorio y Vivienda ha destacado que la Comunitat Valenciana es la primera autonomía española en introducir el paisaje siguiendo el novedoso enfoque de la Convención Europea del Paisaje, desde una perspectiva ambiental, visual y cultural. Además, nuestra Comunitat “cuenta con paisajes únicos en el mundo, que identifican a los valencianos, y defender el paisaje es proteger el medio ambiente del presente y del futuro”.


PAT del Paisaje


Entre otras medidas concretas, González Pons ha explicado que antes de mayo estará terminada la fase de información pública y alegaciones del Plan de Acción Territorial (PAT) del Paisaje, el primer PAT que se aprueba de alcance regional, y al mismo tiempo “el primer ensayo de una planificación del territorio de carácter supramunicipal o autonómica”.


El PAT del Paisaje fijará, asimismo, las directrices y criterios para las políticas de paisaje, identificará y protegerá los paisajes de interés regional y, en su caso local, contribuirá a determinar unidades supramunicipales de actuación paisajística por encima de los límites administrativos, y delimitará recorridos escénicos y zonas de afección visual desde las principales vías de comunicación.


Estudios de Paisaje


El Conseller también ha explicado que a través de los Estudios de Paisaje que acompañarán a los Planes Generales o Planes de Acción Territorial, se propiciará una estructura urbana adecuada, para integrar los núcleos de población en el paisaje que los ordena. Para ello, se definirán a través de los citados estudios bordes urbanos, silueta y acceso a las vías de comunicación.


En cuanto a los Estudios de Integración Paisajístico, se tramitarán en las actuaciones con incidencia sobre el paisaje, de carácter urbanístico (PAIS), infraestructuras, construcciones en suelo no urbanizable, actuaciones en entornos protegidos por sus valores culturales o naturales, y determinarán las estrategias de mitigación de los posibles efectos negativo, ha informado el conseller.


El Reglamento del Paisaje también incluye Catálogos de Paisaje, documentos de carácter descriptivo y normativo que identificarán los recursos paisajísticos y unidades de paisaje, y su estado de conservación, estableciendo su valor y sus objetivos de calidad. Pueden ser de ámbito municipal, supramunicipal, o regional y podrán ser formados y tramitados de forma conjunta o independiente a los Estudios de Paisaje.


El Reglamento impedirá impactos negativos


El Reglamento del Paisaje no admitirá actuaciones que distorsionen el color, la textura y las soluciones constructivas de los edificios o del conjunto en el que se hallen. Tampoco permitirá que la situación o dimensiones de los edificios, los muros, los cierres, las instalaciones o las plantaciones vegetales rompan la armonía del paisaje; ni podrán levantarse construcciones en lugares próximos a carreteras, vías pecuarias u otros bienes de dominio público sino de acuerdo con la legislación.


El Reglamento del Paisaje prohíbe, asimismo, la colocación y mantenimiento de anuncios, carteles y vallas publicitarias en el medio rural, salvo los que tengan carácter institucional o informativo, o no representen un impacto negativo. Las nuevas edificaciones también deberán armonizar con las construcciones tradicionales y con los edificios de valor etnográfico o arquitectónico del entorno.


Fomento de la participación pública


El Reglamento incluye un Plan de Participación pública, que tiene por objeto hacer accesible la información relevante en materia de paisaje e informar del derecho a participar y la manera de ejercerlo. Los ciudadanos podrán acceder de este modo con antelación suficiente a la información sobre los instrumentos de paisaje, una información que será actualizada, veraz y comprensible incluso para un público no especializado.


También se crearán, en virtud del nuevo Reglamento, las Juntas de Participación de Territorio y Paisaje, que son el cauce directo de intervención ciudadana en la política territorial y del paisaje. El Consell aprobará mediante Decreto la composición y funciones de las Juntas de Participación de Territorio y de Paisaje.

 
 
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