La Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente ha publicado en el Diario Oficial de Extremadura el programa de ayudas públicas destinadas a la promoción de las energías renovables en la región, que cuenta con un presupuesto de 999.894 euros.
Con un máximo de 40.000 euros por proyecto, el programa suscrito con el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), en el marco del Plan de Energías Renovables 2005-2010, subvencionará instalaciones de aprovechamiento de energía solar, térmica o fotovoltaica, mixta eólica y fotovoltaica, y aquellas que utilicen como combustible biomasa, instalaciones híbridas biomasa más solar térmica, y surtidores para biocarburantes.
ORDEN de 10 de marzo de 2009 por la que se convoca la concesión de ayudas para el aprovechamiento de energías renovables
Subvenciones para el aprovechamiento de energías renovables solar térmica, solar fotovoltaica y aquellas que usen como combustible biomasa, conforme a lo establecido en el artículo 8.3 del Decreto 263/2008
De las actuaciones contempladas en el Anexo I del Decreto 263/2008, de 29 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para el régimen de concesión de subvenciones para la promoción de las energías renovables en Extremadura, son objeto de subvención las ayudas siguientes:
- Solar térmica de baja temperatura.
- Biomasa térmica.
- Instalaciones híbridas biomasa + solar térmica.
- Solar fotovoltaica aislada. Mixta eólica-fotovoltaica.
- Surtidores para biocarburantes
La concesión de las subvenciones, de un importe máximo de 40.000 euros por proyecto, se realizará, previa instrucción por parte de la Dirección General de Planificación Industrial y Energética, mediante Resolución del Consejero de Industria, Energía y Medio Ambiente. El plazo máximo para resolver y notificar las resoluciones del procedimiento de concesión de este tipo de ayudas será de 6 meses computados a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados para entender desestimada, por silencio administrativo, la solicitud de concesión de la subvención.
Particulares, empresas, corporaciones locales, instituciones sin ánimo de lucro o comunidades de propietarios interesadas, podrán entregar sus solicitudes hasta el 14 de abril de 2009.
El modelo de solicitud y los distintos documentos a aportar están a disposición del solicitante en la web.