El Consejo de Ministros ha acordado la modificación del régimen de la deducción por obras de rehabilitación en el IRPF para hacerlo más operativo. De esta manera se refuerza el carácter incentivador de esta actividad y se favorece la creación de empleo.
La deducción por obras de mejora en la vivienda habitual en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) se aprobó en Real Decreto Ley de Medidas para el Impulso de la Recuperación Económica y el Empleo, derivado de los llamados Pactos de Zurbano, aprobado por el Consejo de Ministros el 9 de abril de 2010.
Entre las modificaciones figuran:
- La ampliación del objeto de la deducción, que ya no estará limitado a las obras que se realicen en la vivienda habitual, sino que se extenderá a las que se lleven a cabo en cualquier otra vivienda, incluidas las que se pongan en alquiler, con la única excepción de que no estén afectas a actividades económicas por parte del contribuyente.
- La elevación del tipo de la deducción del 10% original al 20%
- La ampliación del límite máximo de renta que impide beneficiarse de este incentivo fiscal. Se establece que los contribuyentes con una base imponible igual o inferior a 53.007,20 euros podrán beneficiarse en su totalidad de la deducción, rebajándose ésta progresivamente hasta quedar a cero para los contribuyentes con una base imponible superior a 71.007,20 euros. (En la redacción del Real Decreto Ley de abril de 2010 estos límites eran de 33.007,20 euros y 53.007,20 euros, respectivamente).
- La elevación del límite máximo de base de deducción anual, que pasa de 4.000 euros a 6.750 euros.
- El aumento del límite plurianual máximo deducible, que pasa de 12.000 euros a 20.000 euros.