El Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid (COAM) celebró el día 20 de junio una mesa redonda en la que se ha debatido sobre el procedimiento para la certificación energética regulado en Real Decreto 235/2013 en la que han participado representantes de la Comunidad de Madrid, administradores de fincas, organizaciones de consumidores, abogados, notarios y API’s.
La Secretario de Junta de Gobierno del COAM, Pilar Pereda, ha expuesto las medidas puestas en marcha por cada una de las Comunidades Autónomas, encargadas de emitir las etiquetas, habilitar el registro de los certificados y realizar las inspecciones. La mayoría de las Comunidades Autónomas dispone de un registro telemático y, de momento, su tramitación no tiene ningún coste. Existen algunas excepciones, como Extremadura, donde sólo existe un registro presencial por el que se cobra 23 €. Sin embargo, según informó Pereda, solo Cataluña y Andalucía están realizando la inspección de los archivos emitidos por los técnicos.
La Ley de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana -cuya entrada en vigor está prevista para finales de este mes tras haber sido aprobada en el Senado sin enmiendas- las sanciones oscilan entre los 300 € y los 6.000 €. Como explicó la Secretario del COAM, la cuantía dependerá de la gravedad de la infracción cometida, considerándose como muy grave la falsificación del certificado o los datos recogidos.
Por su parte Jesús Carrasco, Responsable del Área de Eficiencia Energética de la Asociación Empresarial de Gestión Inmobiliaria (AEGI), advirtió de la obligatoriedad de registrar el certificado para que tenga validez legal. Registro sobre el que se planteó la complejidad de los datos técnicos que se requieren y que obligan al propietario del inmueble a delegar la realización de este trámite en el técnico. Al respecto, Itziar Marín, Directora de la Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU) de Madrid, apuntó que “las trabas administrativas para el consumidor impiden que se desarrolle cualquier proyecto”.
En cuanto a la información que debe recoger el certificado de eficiencia energética, se ha considerado que, aunque no es obligatorio, es conveniente que incluya la valoración económica de las medidas de mejora y una estimación del tiempo de amortización. En este sentido, el Director Asociado de Garrigues Medio Ambiente, Antonio Carbajal, considera que “para que la certificación energética suponga una reconversión del sector de la construcción y se genere empleo hay que insistir en la valoración económica de las mejoras y su rentabilidad”, más que intentar convencer a los ciudadanos con argumentos medioambientales.
Al respecto, Jesús Carrasco, ha apuntado que la finalidad del certificado energético es motivar actuaciones de mejora, por lo que es necesario realizar una valoración económica de las mismas, teniendo que ser, además, técnica y económicamente viables. Por su parte Itziar Marín ha señalado que, sin una apuesta política y económica que la respalde, la certificación energética es papel mojado.