El nuevo decreto sobre actuaciones protegibles en materia de vivienda, aprobado en su sesión de por el Gobierno de Navarra reorganiza el sistema de ayudas, centrando el apoyo en las actuaciones de rehabilitación y en el alquiler protegido, aunque mantiene las subvenciones a la compra. La priorización de los solicitantes de menor renta constituye también un elemento clave del nuevo sistema.
La nueva normativa desarrolla la Ley Foral 10/2010, de Derecho a la vivienda en Navarra. El decreto armoniza la normativa existente en esta materia, regula los aspectos técnico-arquitectónicos y define un nuevo régimen de ayudas, con un mejor control del gasto para asegurar la sostenibilidad del sistema y garantizar que Navarra continúe siendo la región que más subvenciones a la vivienda concede en España.
Novedades introducidas por el nuevo decreto
Se introducen mejoras en los procedimientos y se establecen mecanismos para la reducción del stock pendiente de vivienda. Para ello se recupera la figura de la Vivienda Libre de Precio Limitado (VLL), y se plantea la adjudicación sin requisitos para aquellas viviendas protegidas declaradas vacantes hasta el 31 de diciembre de 2014. En el caso de las VPT y VPP deben estar calificadas provisionalmente, mientras que las VPO deben contar con la calificación definitiva. Además estas viviendas deberán ser residencia habitual y permanente.
En cuanto a rehabilitación, el futuro Informe de Evaluación de Edificios (IEE) debe ser la base sobre la que sustentar las ayudas y su priorización. Se incorpora un nuevo tipo de ayuda para la envolvente del edificio y se establecen nuevos requisitos para recibir ayudas individuales.
El nuevo decreto busca favorecer el alquiler protegido manteniendo las ayudas, pero además pretende ampliar la base de personas objeto de subvención, y establece ayudas para personas afectadas por procesos de desahucio.
Ayudas a la rehabilitación
En lo que se refiere a la rehabilitación, se configura el Informe de Evaluación de Edificios como la base para sustentar las ayudas y su priorización. Este documento será exigido para solicitar las ayudas, aunque su coste será subvencionado. En líneas generales, el nuevo decreto mantiene las ayudas, aunque en algunos casos se reducen las cuantías por vivienda ajustándolas a límites que habitualmente no se sobrepasan.
Concretamente, se conservan los porcentajes en los siguientes supuestos:
- Áreas de rehabilitación preferente, viviendas unifamiliares o personas mayores.
- Supresión de barreras arquitectónicas (instalación de ascensor). Se dedica también un mayor apoyo a las viviendas colectivas con bajo número de pisos (menos de 11).
- Suplementos para familias numerosas (del 3%-6%)
- Rehabilitación para alquiler a precio no superior al de VPO (del 11% al 40%)
Además, se crea una nueva ayuda para la mejora de la envolvente térmica que alcanza hasta el 40% del presupuesto y se conceden, por primera vez, suplementos de ayuda para jóvenes y víctimas de terrorismo o de violencia de género. Finalmente, la norma establece nuevos requisitos para recibir subvenciones individuales, como es la obligatoriedad de destinar la vivienda a residencia habitual y permanente, estar al corriente de las obligaciones tributarias, o no poseer otra vivienda o el 50% de parte alícuota.