El Ayuntamiento de Barcelona ha hecho pública la convocatoria del año 2014 para la concesión de subvenciones para la ciudad de Barcelona dirigidas a comunidades de propietarios de edificios de viviendas de uso residencial para la rehabilitación de elementos comunes y viviendas, derivadas del Programa de mediación entre propietarios e inquilinos con el objetivo de fomentar la rehabilitación del parque existente de edificios y de viviendas en Barcelona, ??con especial atención a las obras de rehabilitación energética.
El plazo de presentación de las solicitudes de inscripción a la convocatoria finalizará el 31 de diciembre de 2014.
Esta convocatoria cuenta con una dotación presupuestaria inicial de 5.527.092,18 euros correspondientes a la aportación del Ayuntamiento de Barcelona al Consorcio de la Vivienda.
Edificios incluidos en la convocatoria de ayudas
Únicamente se podrán acoger a esta convocatoria los edificios construidos antes de 1981, y en los que el 70% del edificio, excluida la planta baja y la superficie bajo rasante, esté destinado a vivienda habitual. En caso de no llegar al 70% mencionado, únicamente podrán acogerse a las ayudas las viviendas destinadas a residencia habitual y permanente.
En el caso de que estos edificios sean de propiedad vertical necesario que en la inscripción previa acredite la ocupación de las viviendas del edificio mediante declaración responsable según modelo normalizado, sin perjuicio de que el Consorcio de la Vivienda pueda comprobar posteriormente la veracidad de lo declarado.
En el caso de que como consecuencia de la rehabilitación se pongan viviendas en alquiler se deberá acreditar que éstos se han puesto a disposición de la Bolsa de Alquiler Social de Barcelona en el momento de finalizar las obras. En caso de no acreditarse lo anterior se denegará la ayuda por todo el edificio.
En este enlace puedes encontrar las especificaciones técnicas (Anexo 4).