El consejo de Fomento e Infraestructura, Francisco Bernabé, ha abierto la convocatoria de subvenciones a la rehabilitación de edificios residenciales de la Región por 8.910.000 euros, cantidad que supone un incremento del 80 por ciento frente a la convocatoria del año pasado. Esta convocatoria, según Bernabé, tiene la finalidad de iniciar cuanto antes la tramitación de las ayudas al objeto de que los interesados puedan presentar sus solicitudes y ejecutar las obras, que deberán estar finalizadas a 30 de septiembre de 2016.
Con esta subvención se prevé ayudar a 1.200 familias murcianas mediante la financiación de actuaciones de conservación (cimentación, estructura, instalaciones, cubiertas, azoteas, fachadas u otros elementos comunes), mejora de la calidad y sostenibilidad, y accesibilidad. Para la mejora de la sostenibilidad, se subvenciona la mejora del aislamiento térmico del edificio para reducir su demanda energética de calefacción o refrigeración (sustitución de carpinterías y acristalamientos); y la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones comunes, entre otras, mientras que para la accesibilidad, las que adecuen los edificios y los accesos a las viviendas y locales, a la normativa vigente (instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad).
Pago adelantado del 30 por ciento de las ayudas
La cuantía máxima de las subvenciones a conceder es de 11.000 euros por cada vivienda y por cada 100 metros cuadrados de superficie útil de local comercial. De este modo, se calcula multiplicando por el número de viviendas y por cada 100 metros cuadrados de superficie útil de locales del edificio, que consten en la escritura de división horizontal o, en su defecto, en el registro de la propiedad o en el catastro.
El pago de las ayudas reconocidas se efectúa, para obras mayores, mediante un pago adelantado del 30 por ciento de la subvención, previa presentación de la licencia municipal y el certificado de inicio de obra; el 70%, una vez aportado por el beneficiario el certificado final de obra; mientras que para las obras menores, se efectuará un pago único por el importe total de la subvención, previa justificación de la misma.
Las solicitudes de ayuda se cumplimentarán y se presentarán en el Registro General de la Consejería de Fomento, en un plazo de presentación de dos meses; y para ser beneficiario de las ayudas se debe disponer del Informe de Evaluación de Edificios, cumplimentado y suscrito por el técnico competente, además del acuerdo de la comunidad o comunidades de propietarios de que se trate, salvo en los casos de edificios de propietario único, y del proyecto o memoria, según los casos, de la actuación a realizar.