La Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid ha dado luz verde a las ayudas a la rehabilitación edificatoria para financiar obras de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y equipamiento propio, tal y como recoge el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM). En él se establecen las ayudas previstas en el Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Vivienda, la Rehabilitación Edificatoria y la Regeneración y Renovación Urbanas, 2013-2016.
Estas subvenciones dirigidas a la conservación, mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad, serán financiadas con fondos de la Administración General del Estado y gestionadas por la Comunidad de Madrid, pudiendo acceder a ellas los edificios finalizados antes de 1981, en los que al menos el 70% de las viviendas constituyan el domicilio habitual de los propietarios o arrendatarios; aunque de manera excepcional se aceptarán edificios que no cumplan con estos requisitos.
La cuantía máxima de la subvención a conceder por edificio no podrá superar el importe de multiplicar 11.000 euros por cada vivienda y por cada 100 m2 de superficie útil de local, y se calculará multiplicando por el número de viviendas y por cada 100 m2 de superficie útil de locales de edificio. Estas consisten en 2.000 euros para las actuaciones de conservación; 2.000 euros para las actuaciones de mejora de la calidad y sostenibilidad y 4.000 euros para la mejora de accesibilidad.
Asimismo, hay que tener en cuenta que la cuantía máxima de las subvenciones a conceder por edificio no podrá superar el 35% del coste subvencionable de la actuación. No obstante, y de manera excepcional, en el caso de la mejora de la accesibilidad se podrá llegar al 50%.