El ministro de Fomento, Íñigo de la Serna, ha presentado el borrador del Real Decreto del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021. Este borrador será remitido a todas las CCAA y a los agentes, asociaciones y profesionales del sector para que presenten observaciones hasta el 30 de mayo de 2017. Una vez analizadas y valoradas dichas observaciones, el Ministerio de Fomento confeccionará el texto definitivo del Plan.
En concreto respecto al plan anterior se incorporan mejoras en las ayudas a la rehabilitación edificatoria y a la regeneración y renovación urbana y rural, con especial incidencia en la eficiencia energética.
En las ayudas para obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas unifamiliares y edificios de tipología residencial colectiva, se incrementa el objeto de ayuda respecto del Plan Estatal 2013-2016 dado que éste no admitía viviendas unifamiliares. Los beneficiarios serán: comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades, propietarios únicos de edificios de viviendas, cooperativas y empresas constructoras y de servicios energéticos.
El importe de la ayuda será:
- Viviendas unifamiliares: hasta 12.000 euros/ vivienda. Incremento por BIC: 1000 euros / vivienda.
- Edificios: hasta 8.000 euros/ vivienda y 80 euros / m2 local. Incremento por BIC: 1.000 euros / vivienda y 10 euros / m2 local
Los límites serán de un 40% de la inversión con carácter general. Y de un 75% de la inversión:
- En caso de menos de 3IPREM.
- Junto con obras de accesibilidad (residentes con movilidad reducida o mayores de 65 años).
Se incrementa el importe de la ayuda respecto del Plan Estatal 2013-2016 dado que en éste la ayuda por eficiencia energética era de hasta 5.000 euros/vivienda con un límite del 35% de la inversión. No se incrementaba, como sí se hace en este nuevo plan, el porcentaje de ayuda para beneficiarios con ingresos inferiores a 3IPREM ni para personas con movilidad reducida o mayores de 65 años hasta el 75%.
Los requisitos para poder acceder a las ayudas son:
- Antigüedad superior a 1996.
- El 70% de la superficie de los edificios debe tener un uso residencial de vivienda.
- El 50% de las viviendas del edificio o la vivienda unifamiliar deben constituir domicilio habitual.
Se incrementa el número de viviendas susceptibles de recibir ayudas a la rehabilitación por antigüedad respecto del Plan Estatal 2013-2016 dado que en éste se exigía una antigüedad anterior a 1981, ahora se exige una antigüedad anterior a 1996. Pasamos de 13.630.000 viviendas a 18.170.000 viviendas como posibles receptoras de las ayudas de rehabilitación.
En el Plan Estatal 2013-2016 el 70% de las viviendas debía ser domicilio habitual frente al 50% del nuevo plan.
Rehabilitación de edificios
En lo que se refiere a las ayudas para obras de rehabilitación o renovación de edificios y viviendas y de urbanización o reurbanización en un ámbito delimitado incluidos supuestos de chabolismo e infravivienda. Se potencia el objeto social del programa.
El agente ejecutor de las actuaciones deberá realizarlas en un plazo máximo de 5 años. Se incrementa el plazo para ejecutar las actuaciones respecto del Plan Estatal 2013-2016, ya que en éste se establecía un plazo de 3 años.
Los importes de las ayudas serán:
- Rehabilitación: hasta 12.000 euros/vivienda y 120 m2 local comercial.
- Renovación o nueva construcción (infravivienda o chabolismo): hasta 30.000 euros/vivienda.
- Urbanización: hasta 2.000 euros/vivienda rehabilitada o construida.
- Realojo: hasta 4.000 euros/año (máximo 3 años) por unidad de convivencia.
- Equipos técnicos y oficinas de planteamiento: hasta 1.000 euros/vivienda.
- Incremento por BIC: 1.000 euros/vivienda y 10 euros/m2 local.
Los límites para las ayudas serán de un 40% de la inversión con carácter general. Y de un 60% cuando se reduzca la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración:
- En caso de menos de 3IPREM.
- Juntos con obras de accesibilidad (residentes con movilidad reducida o mayores de 65 años).
Se incrementa el importe de la ayuda respecto del Plan Estatal 2013-2016, ya que en éste la ayuda para la rehabilitación era de hasta 11.000 euros/vivienda y la ayuda para equipos técnicos era de hasta 500 euros/vivienda, con un límite del 35% de la inversión.
No se incrementaba como sí se hace en el nuevo plan, el porcentaje de ayuda en caso de reducción de la demanda energética, para beneficiarios con ingresos inferiores a 3IPREM ni para personas con movilidad reducida o mayores de 65 años.
Los requisitos para acceder a las ayudas son:
- Ámbito, preferentemente, de al menos 50 viviendas.
- Las viviendas de nueva construcción deberán tener una calificación energética mínima B.
- Al menos el 70% de la edificabilidad sobre rasante tendrá uso residencial (exclusiva planta baja).
- Al menos el 50% de las viviendas deberán ser vivienda habitual (en caso de infravivienda no será necesario este requisito).
Se flexibiliza la exigencia del número mínimo de viviendas respecto del Plan Estatal 2013-2016, ya que en éste se establecía un mínimo de 100 viviendas salvo excepciones. Y se flexibiliza también la exigencia del número de viviendas que tiene que ser vivienda habitual pasando del 70% al 50%.