Acuerdo para delimitar las zonas de bajas Emisiones y las restricciones en Barcelona

El acuerdo delimita definitivamente la zona de bajas emisiones donde serán de aplicación las restricciones a partir de diciembre de 2017.

El Área Metropolitana de Barcelona (AMB) y los municipios de Barcelona, Hospitalet de Llobregat, Sant Adrià del Besòs, Esplugues de Llobregat y Cornellà de Llobregat han definido y acordado las condiciones y características de la zona de bajas emisiones del ámbito de las Rondas de Barcelona y las condiciones de las restricciones de esta área en casos de episodio de contaminación entre el invierno y la primavera desde 2017 hasta 2018.

El acuerdo delimita definitivamente la zona de bajas emisiones donde serán de aplicación las restricciones a partir de diciembre de 2017.

A partir del 1 de diciembre de 2017, en situación de episodio de contaminación ambiental, los turismos que no dispongan de etiqueta ambiental de la Dirección General de Tráfico-DGT (Zero, Eco, C y B), no podrán circular en esta Zona de Bajas Emisiones (ZBE).

Concretamente, los vehículos afectados por esta restricción son los que no tienen etiqueta y corresponden a los turismos de gasolina anteriores al 2000 (anteriores Euro 3) y los diesel anteriores al 2006 (anteriores Euro 4).

Entre el invierno de 2017 y la primavera de 2018 se hace una exención temporal a las furgonetas (de EURO 1 a EURO 4) y sólo se restringe el tráfico en las furgonetas anteriores a Euro 1 (anteriores a 1997).

Asimismo, en este periodo, en caso de episodio, podrán circular las motos, mientras no se hayan entregado las etiquetas de la DGT para estos vehículos.

Los vehículos de emergencias, vehículos de personas con movilidad reducida y servicios esenciales podrán circular independientemente de su etiqueta de la DGT

Con este acuerdo se avanza en el compromiso adquirido para luchar contra la contaminación y mejorar la calidad del aire tomado por cada uno de los municipios y por el plenario de la AMB y se da respuesta a los compromisos adquiridos en la Cumbre de la Calidad de del Aire , definiendo, antes de verano, las características de la principal Zona de Bajas Emisiones de la metrópolis, en sintonía a lo que ya han hecho más de 220 ciudades de Europa.

La teniente de alcalde de Ecología, Urbanismo y Movilidad, Janet Sanz , ha asegurado que «la lucha contra la contaminación es una prioridad de ciudad y una prioridad de salud pública».

«No podemos permitirnos los actuales umbrales de emisiones, hay que tomar medidas valientes y estructurales para revertir esta situación y no aplicarlas sería una irresponsabilidad» afirmó Sanz, que ha recordado que el Ayuntamiento de Barcelona está trabajando con el Programa de medidas contra la contaminación atmosférica, con 58 actuaciones concretas y ha reclamado la implicación de todas las administraciones y municipios para hacer frente a esta situación.

«Exceder los umbrales de contaminación establecidos tiene unos efectos directos sobre la salud de las personas que la comunidad científica asocia con más de 3.000 muertes prematuras anuales en el entorno metropolitano. La Unión Europea nos avisa reiteradamente con amenazas de sanciones y nuestros conciudadanos nos piden respuestas. Los continuos incumplimientos de otras administraciones no nos servirán para que desde la AMB no eludiremos nuestra responsabilidad «ha expuesto el vicepresidente de Transporte y Movilidad de la AMB, Antoni Poveda.

Delimitación del ámbito territorial

Concretamente, la zona de bajas emisiones del ámbito de las Rondas de Barcelona donde, entre otras medidas, se establecerán estas restricciones en caso de episodio ambiental de contaminación incluye:

Barcelona (excepto los barrios de Collserola y la Zona Industrial de Zona Franca), casi todo el municipio de Hospitalet, las áreas de Cornellà y Esplugues de Llobregat que se encuentran en el interior de rondas, y casi todo el municipio de San Adrià de Besòs.

Horarios, días y excepciones

A partir del 1 de diciembre de 2017, una vez declarado el episodio de contaminación por parte de la Generalitat, las restricciones de tráfico se establecen entre las 7.00 y las 20.00 de lunes a jueves , con los viernes pendientes de ajustar, el día siguiente de la declaración hasta el día de declaración de final de episodio.

Por lo tanto, los vehículos afectados sólo podrán circular, mientras dure el episodio, en la franja horaria de las 20.00ha las 06.59h de lunes a jueves, y todos los fines de semana y festivos. Queda pendiente de ajustarse el horario de la restricción de los viernes.

Excepciones

El acuerdo definitivo entre los consistorios y la AMB determina que las excepciones permanentes para las restricciones a partir de 1 de diciembre de 2017, en caso de episodio de contaminación en la zona del ámbito de Rondas de Barcelona, serán vehículos de emergencia (policía, bomberos, ambulancias), vehículos de personas con movilidad reducida (VPMR) y servicios básicos (médicos y funerarios)

Igualmente, hay y excepciones transitorias durante el invierno-primavera 2017- 2018 (que se reevaluan para el siguiente protocolo 2.018-2.019), en casos de episodio para los siguientes vehículos: motos (pendiente etiquetado ambiental oficial por parte de la DGT ), camiones, autocares y autobuses, y furgonetas Euro 1, Euro 2 y Euro 3.

Señalización vial para restringir la circulación

La señalización vial, presentada recientemente en el III Consejo de Movilidad de la AMB, se instalará entre los meses de octubre y noviembre a las salidas de las Rondas y los ámbitos urbanos incluidos en la Zona de Bajas Emisiones para indicar su su delimitación y qué vehículos quedan autorizados en situaciones de restricción de circulación de los vehículos más contaminantes.

Para completar la efectividad de esta zona de bajas emisiones, la AMB y el Ayuntamiento de Barcelona piden a la Generalitat y al Servicio Catalán de Tráfico (SCT) la señalización correspondiente en las vías de su competencia, como es el caso de la B-23, C-31, C-32, C-33 y C-58, de acuerdo con los compromisos de limitaciones de vehículos adoptados por la Generalidad de Cataluña.

Diferencia entre aviso preventivo y episodio de contaminación

Para no crear confusión en la ciudadanía, es muy importante diferenciar entre aviso preventivo de contaminación, que según las estadísticas puede darse hasta 20 días al año, y el episodio de contaminación, que según las estadísticas, puede darse un máximo de 3 veces al año con duraciones de entre 1 y 3 días .

El aviso preventivo no implica restricciones, mientras que el episodio de contaminación si que va ligado a las restricciones de la zona de interior de rondas para los turismos que no dispongan de etiqueta ambiental de la DGT (Zero, Eco, C y B).

Comisión Permanente y Protocolo de Activación de las Restricciones

El próximo mes de septiembre se creará una Comisión Permanente, formada por la AMB y por los cinco ayuntamientos metropolitanos implicados (Barcelona, ​​Sant Adrià de Besòs, L’Hospitalet de Llobregat, Cornellà de Llobregat y Esplugues de Llobregat), que controlará el despliegue operativo de la Zona de Bajas Emisiones: determinación de los puntos y operativa de control, coordinación entre las Guardias urbanas, operativa de señalización y comité de crisis.

También se formalizará un Protocolo de Activación de Restricciones ZBE Ámbito Rondas de Barcelona.

Este permitirá, en el momento en que la Generalitat active el episodio de Contaminación, poner en marcha todas las actuaciones previstas por la AMB y cada municipio, incluida la operativa de restricciones, tanto a nivel técnico como de comunicación en prensa y ciudadanía.

Objetivo 2020 en la ZBE del Ámbito de las Rondas de Barcelona

Con la aprobación, se definen las condiciones y características de la Zona de Bajas Emisiones del ámbito de las Rondas de Barcelona y las restricciones de esta área en casos de episodio de contaminación.

Tal y como establece el programa de medidas del Ayuntamiento de Barcelona y el acuerdo alcanzado por los 36 municipios metropolitanos en el plenario de la AMB, estas restricciones que se aplican ahora sólo en caso de episodio ambiental de contaminación convertirán progresivamente permanentes a partir de enero de 2019.

Así, se empezará por los turismos EURO 1 y las furgonetas pre EURO1 en enero de 2019 y se harán extensivas a todos los vehículos sin etiqueta de la DGT en enero de 2020, donde estarán desplegadas todas las medidas de impulso de transporte público, aparcamiento y otras medidas alternativas y compensatorias previstas.

 
 
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