La Xunta de Galicia destinará un total de 2.665.741 euros a las actuaciones de rehabilitación de viviendas y edificios de viviendas, y urbanización y reurbanización en las áreas de rehabilitación integral (ARI) existentes en Galicia. Se contemplan obras para aumentar la eficiencia energética, accesibilidad, reducción de la demanda energética, y mejora de la calidad y la sostenibilidad.
Recientemente se ha publicado en el Diario Oficial de Galicia la resolución por la que se procede a abrir el plazo para que los ayuntamientos con ARI soliciten la participación en el programa de fomento de la regeneración y renovación urbana y rural del Plan de vivienda 2018–2021, que se ejecuta a través de las ARI. Los ayuntamientos disponen de un mes para solicitar su participación en el reparto de los fondos destinados a estas zonas en 2020. En función de las solicitudes presentadas por los ayuntamientos con áreas de rehabilitación declaradas, la Xunta realizará el reparto de los fondos disponibles entre los mismos.
Cuantía de las ayudas y tipos de actuaciones
Se destinará un máximo de 12.000 euros por cada vivienda objeto de rehabilitación para actuaciones de mejora de la eficiencia energética y sustentación en viviendas, con reducción de la demanda energética, y hasta 2.000 euros por cada vivienda objeto de rehabilitación y/o por cada vivienda construida para las actuaciones de mejora de la calidad y sostenibilidad del medio urbano.
Para actuaciones de conservación, de la mejora en la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas, se destinará un máximo de 8.000 euros.
Por otro lado, en caso de construcción de vivienda nueva, se destinará un máximo de 30.000 euros por cada vivienda construida en relevo de otra previamente demolida, y un máximo de 4.000 euros anuales, por unidad de convivencia a realojar, durante el tiempo que duren las obras y hasta un máximo de 3 años, para las actuaciones de realojo temporal.
Las ayudas se incrementarán en un 25%, cuando las personas beneficiarias sean menores de 35 años y las actuaciones se realicen en ayuntamientos de menos de 5.000 habitantes.
Beneficiarios de las ayudas
La resolución publicada incluye las bases por las que se regirá la concesión de las ayudas, a las que podrán optar los propietarios de edificios de viviendas o de viviendas individuales, las comunidades de propietarios y sus agrupaciones. En estos casos las ayudas irán destinadas a la rehabilitación de las viviendas y edificios de viviendas.
También podrán beneficiarse de las ayudas los propios ayuntamientos para actuaciones de urbanización y reurbanización del ámbito de las ARI y para las oficinas municipales de rehabilitación, que también serán financiadas por la Xunta.
Una vez realizado el reparto de fondos entre los ayuntamientos y firmados los correspondientes convenios, los ayuntamientos deberá proceder a la convocatoria de las ayudas, que podrán solicitar los propietarios de las viviendas a rehabilitar.
El importe de las ayudas estatales no podrá exceder del 40% del coste subvencionable de la actuación. Este límite podrá alcanzar hasta el 75% cuando se acometan actuaciones para la mejora de la accesibilidad, y también podrá alcanzar el 75% en función de los ingresos y en caso de que se trate de personas con discapacidad o mayores de 65 años.