El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) ha comunicado los criterios, fijados por la Abogacía del Estado, para la reanudación de los plazos de aplicación del Real Decreto 732/2019, de 20 de diciembre, de modificación del Código Técnico de la Edificación, tras haber sido aplazados por el estado de alarma.
Por un lado, el plazo de 6 meses de aplicación voluntaria del Real Decreto 732/ 2019, cuya fecha de finalización original era el 27 de junio de 2020, finalizará el 23 de septiembre de 2020, siendo obligatoria la aplicación del citado Real Decreto para todas aquellas obras que soliciten licencia municipal a partir del 24 de septiembre de 2020.
En cuanto a las obras para las que se hubiera obtenido licencia entre el 28 de diciembre de 2019 y el 14 de marzo de 2020, la determinación de la fecha antes de la cual deberá comenzar la obra o en caso contrario habrá de adaptarse al Real Decreto 732/ 2019, tiene cierta complejidad. Para ello, el Mitma ha dispuesto de un enlace para facilitar la manera de realizar el cálculo.
Respecto a las obras para las que se hubiera obtenido licencia entre el 14 de marzo de 2020 y el 1 de junio de 2020 y cuyos proyectos no estuvieran adaptados al Real Decreto 732/2019, a los efectos de aplicación de este Real Decreto, deberán comenzar en el plazo previsto en la propia licencia, contabilizado a partir del 1 de junio, o bien, en defecto de previsión de plazo en el propio otorgamiento de licencia, en el plazo de 6 meses desde el 1 de junio de 2020. En caso contrario deberán adaptar sus proyectos a las modificaciones del CTE aprobadas en el Real Decreto 732/2019.