El Ayuntamiento de Chiclana, en la provincia de Cádiz, pone en marcha, por tercer año consecutivo, el programa para la rehabilitación de comunidades de vecinos. Las obras objeto del programa están destinadas al mantenimiento y conservación del edificio de viviendas: cubiertas, fachadas, azoteas o medianeras. Se admitirán también obras de accesibilidad que permitan mejorar el acceso desde la vía pública al edificio.
El programa pretende favorecer la rehabilitación y mejora de los elementos comunes e instalaciones de los edificios residenciales de viviendas colectivas. El ámbito de aplicación abarca las obras en elementos y espacios comunes, así como aquellas obras o trabajos de mantenimiento de las instalaciones fijas y equipamientos propios de la comunidad de vecinos, según ha explicado el delegado municipal de vivienda y vicepresidente de Emsisa, Joaquín Guerrero.
Las primeras convocatorias de este programa contribuyeron en años anteriores a la rehabilitación de los bloques de viviendas de la barriada de Las Marismas, Pintor Federico Godoy, Plaza Mayor, avenida de La Libertad y Huerta del Retortillo. En esta ocasión se destinan a este programa 80.000 euros.
Requisitos para optar a las ayudas
Para que las comunidades de propietarios puedan acogerse a estas ayudas, los edificios deben estar ubicados en el término municipal de Chiclana, no estar calificados urbanísticamente como fuera de ordenación o en situación de asimilado en régimen de fuera de ordenación. A efectos de la obtención de la licencia municipal de obras, su construcción debe haberse finalizado antes de 1995, contar con la licencia de obras municipal para la intervención y presentar unas condiciones de seguridad estructural y constructiva que garanticen la viabilidad de la intervención, salvo que las adquieran como resultado de las actuaciones.
Además, al menos el 75% de su superficie construida sobre rasante debe tener uso residencial de vivienda, y al menos el 75% de las viviendas del edificio han de estar ocupadas, y constituir el domicilio habitual y permanente de las unidades familiares que residen en ellas. Asimismo, el edificio habrá de contar con el Informe de Evaluación del Edificio o, al menos, deberá haber iniciado su tramitación a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda y no haber iniciado las obras con carácter previo a la solicitud de la ayuda.
Todos los vecinos de la comunidad tendrán que cumplir, a su vez, una serie de requisitos, entre ellos, ser mayores de edad, ostentar la propiedad de la vivienda que ocupan, o ser arrendatarios de la misma con contrato de arrendamiento en vigor, estar empadronados en la vivienda que ocupan, no ostentar la propiedad ni derecho real sobre otra vivienda distinta a la que será objeto de rehabilitación y acreditar los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar que están empadronados en la vivienda. Las ayudas van destinadas directamente a los vecinos, por lo que la cuantía a subvencionar puede llegar hasta los 2.000 euros.