El Ayuntamiento de Madrid ha dado luz verde al texto definitivo de la nueva Ordenanza de Calidad del Aire y Sostenibilidad (OCAS). Entre sus novedades, la nueva ordenanza exige que los edificios no residenciales que tengan más de 20 plazas de aparcamiento cuenten con al menos un punto de recarga para vehículos eléctricos por cada 40 plazas, antes del 1 de enero de 2024.
La nueva Ordenanza de Calidad del Aire y Sostenibilidad del Ayuntamiento de Madrid tiene como principal objetivo mejorar la calidad del aire de la ciudad, por lo que regula los focos de emisiones más contaminantes.
Para ello, la Ordenanza incorpora normas de eficiencia energética en las edificaciones, la implantación de energías renovables y la obligatoriedad de que todas las nuevas edificaciones -residenciales, industriales y comerciales- desarrollen la infraestructura de recarga para vehículos eléctricos.
Novedades de la nueva OCAS
Entre otras cosas, la nueva OCAS limita los gases más nocivos fruto de la combustión, introduce obligaciones para reducir el consumo de energía y sustituir las fuentes contaminantes por otras más inocuas, y establece directrices para la celebración de grandes eventos de manera sostenible. La nueva normativa fija, además, la reducción de molestias derivadas de emisiones de humos, olores, gases o partículas producidas por las actividades o sus instalaciones.
En concreto, el artículo 45 de la OCAS regula las “dotaciones mínimas para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos”. En este sentido, las consideraciones del Colegio de Arquitectos de Madrid, la Confederación Empresarial de Madrid (CEIM) e Iberdrola, han propiciado el aumento del porcentaje (del 20% al 25%) de las preinstalaciones de recarga que han de instalarse en edificios no residenciales.
El Área de Medio Ambiente y Movilidad de Madrid recopiló 21 escritos de alegaciones sobre la nueva norma durante la fase de consulta pública. Finalmente, la Orden se elevará a Pleno el próximo mes de marzo para su aprobación final antes de su entrada en vigor.