El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto, el Código Estructural que contiene la reglamentación técnica en materia de estructuras de hormigón y de acero. El nuevo marco reglamentario tiene por objeto definir las exigencias que deben cumplir las estructuras de hormigón, acero y las mixtas de hormigón-acero, para satisfacer los requisitos de seguridad estructural, seguridad en caso de incendio, protección del medio ambiente y la utilización eficiente de recursos naturales.
Esta aprobación se ha hecho a propuesta conjunta del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) y del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, y a iniciativa de la Comisión Permanente del Hormigón y de la Comisión Interministerial Permanente de Estructuras de Acero.
El Código Estructural actualiza la reglamentación vigente relativa a las estructuras de hormigón y a las estructuras de acero de acuerdo a las novedades de carácter técnico y reglamentario en la materia, y deroga la Instrucción de Hormigón Estructural (EHE-08), aprobada por el Real Decreto 1247/2008, de 18 de julio, y la Instrucción de Acero Estructural (EAE), aprobada por el Real Decreto 751/2011, de 27 de mayo.
El Código Estructural consta de 4 Títulos, relativos a: I. Bases Generales, II. Estructuras de hormigón, III. Estructuras de acero y IV. Estructuras mixtas, con un total de 36 Capítulos. Contiene además de 32 anejos que desarrollan, en los primeros 17, cuestiones particulares de las estructuras correspondientes, y en los últimos 15 los procedimientos de cálculo de dichas estructuras.
Sostenibilidad de las estructuras y reducción de emisiones
El nuevo Código Estructural regula nuevos ámbitos que no contemplaba la reglamentación hasta ahora en vigor, tales como la gestión de las estructuras existentes durante su vida útil, los sistemas de protección, reparación y refuerzo de estructuras de hormigón, las estructuras realizadas con acero inoxidable y las estructuras mixtas de hormigón y acero.
La normativa evalúa la sostenibilidad de las estructuras considerando las características prestacionales, ambientales, sociales y económicas que aportan los agentes que participan en su proyecto y ejecución.
El Código Estructural incorpora un modelo voluntario para la propiedad, para evaluar la contribución a la sostenibilidad de los diferentes agentes que intervienen en la estructura, como el proyectista, el constructor y los fabricantes de productos, considerando las características prestacionales, ambientales, sociales y económicas.
Los parámetros utilizados en el modelo incluyen las emisiones de gases de efecto invernadero, el reciclado de materiales, el consumo de energía o agua, la utilización de energías renovables, control de emisiones y ruidos, mejora ambiental, etc., valorándose el compromiso de dichos agentes más allá del mínimo exigido por la legislación vigente.
Otras novedades del Código Estructural
El Código Estructural incorpora los aspectos más relevantes de la normativa europea para el cálculo de las estructuras, de acuerdo a los procedimientos establecidos en los Eurocódigos Estructurales, y establece recomendaciones para la utilización del hormigón proyectado estructural.
Sustituye las menciones a la Directiva 89/106/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros sobre los productos de construcción, que se contenían en la reglamentación vigente, por las del Reglamento (UE) nº 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2011, por el que se establecen condiciones armonizadas para la comercialización de productos de construcción y se deroga la Directiva 89/106/CEE del Consejo.
La principal novedad aquí es que desaparece el concepto de idoneidad al uso de los productos con marcado CE, y se sustituye por la presunción de veracidad de la declaración de prestaciones del producto por parte del fabricante.