Aprobadas dos órdenes que regulan la gestión e información de los fondos del Plan de Recuperación

El Ministerio de Hacienda y Función Pública ha aprobado dos órdenes, publicadas el 30 de septiembre en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que regulan el sistema de gestión de los fondos europeos contemplados en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En concreto, estas normas definen el sistema de información y gestión, así como el suministro de información para hacer efectiva una evaluación sobre el cumplimiento de los hitos y objetivos contemplados en dicho plan, tal y como exige la Comisión Europea para transferir los recursos.

Las dos órdenes fueron publicadas en el BOE el pasado 30 de septiembre.

El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia puesto en marcha por la Unión Europea concede a España 140.000 millones de euros en los próximos seis años, unos recursos que pretenden, además de afianzar la recuperación económica y la creación de empleo, transformar el modelo productivo para acelerar la transformación ecológica, la digitalización, la cohesión social y territorial y la igualdad.

El Plan de Recuperación responde a un modelo de gestión por objetivos, orientado a resultados, que debe ejecutarse en el marco normativo de referencia, definido por la Comisión Europea. Es en este contexto donde se enmarca la aprobación de las dos órdenes ministeriales elaboradas por la Secretaría General de Fondos Europeos, dependiente del Ministerio de Hacienda y Función Pública, que constituyen a su vez dos hitos del plan.

Sistema de gestión del Plan de Recuperación

La primera orden hace referencia al sistema de gestión del Plan de Recuperación. La norma recoge las medidas necesarias para lograr una serie de objetivos, como el diseño de mecanismos de planificación, coordinación y formación; una estructura de Informes de Gestión para formalizar los resultados de las actuaciones, así como formalizar las Declaraciones de Gestión ante la Comisión Europea con seguridad jurídica. La orden pretende integrar las actuaciones de gestión que correspondan a las Administraciones Públicas y, en su caso, los actores privados, y habilitar asimismo un sistema de información que haga posible el seguimiento del plan.

Con esta norma se facilita el seguimiento y gestión del plan, sobre la base de los principios de seguridad jurídica, coordinación y responsabilidad, con la idea de maximizar la absorción de los fondos asignados a España en el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Para ello la orden establece, entre otras cuestiones, el concepto de hito y objetivo, así como los criterios para su seguimiento y acreditación del resultado; el etiquetado verde y etiquetado digital, dado que Bruselas exige destinar una parte muy importante de los fondos a esas materias; el refuerzo de mecanismos para la prevención, detección y corrección del fraude y la corrupción; o la identificación del perceptor final de los fondos, sea como beneficiario de las ayudas, o adjudicatario de un contrato o subcontratista.

Sistema de información y seguimiento

La segunda orden ministerial aprobada hace referencia al suministro de información y seguimiento del Plan de Recuperación. El Sistema de Información es un instrumento fundamental para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Ha sido diseñado para la coordinación y seguimiento del plan por los distintos agentes implicados en su ejecución (administración estatal, autonómica y local), dando respuesta a las necesidades de planificación, gestión, control y rendición de cuentas.

Con esta herramienta, los responsables de los distintos niveles de las Administraciones Públicas desarrollarán sus capacidades de planificación, seguimiento y control de proyectos de inversión pública y reforzarán sus habilidades para la gestión preventiva, en particular las que permiten anticiparse a los problemas y tomar decisiones que eviten incumplimientos.

Con la implantación del Sistema de Información se materializa la transformación del funcionamiento de las Administraciones Públicas hacia una cultura orientada a la gestión por objetivos, que tendrá su efecto tanto en la gestión de los fondos europeos como en otros ámbitos y cuyos resultados serán tangibles, también a largo plazo.

 
 
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