Con el fin de definir los criterios exigibles a los productores y gestores de residuos y concretar aspectos como el cálculo de la cuantía de las indemnizaciones, su plazo de vigencia y todas las cuestiones necesarias para que los agentes implicados en el tratamiento de residuos puedan cumplir con mayor facilidad sus responsabilidades y obligaciones, el Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto sobre garantías financieras en la gestión de residuos.
El Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros, a petición de los Ministerios de Asuntos Económicos y Transformación Digital y para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco), facilita a los operadores de residuos la constitución de instrumentos financieros, como los seguros de daños a terceros, que ayudarán a las personas o empresas que puedan verse afectadas como consecuencia de la actividad de las instalaciones de tratamiento de residuos, a resarcirse por los daños o pérdidas que puedan sufrir en sus bienes. Esto permitirá reducir la litigiosidad y facilitará la resolución de eventuales conflictos que puedan surgir entre los gestores de residuos y las personas afectadas por daños causados por su actividad.
Por su parte, posibilita que las autoridades competentes dispongan de mayores facilidades para obtener la compensación económica que corresponda, en el caso de incumplimiento de las responsabilidades exigibles a los gestores y productores de residuos, no teniendo que recurrir al presupuesto público para hacer frente a los mismos.
Pautas comunes en todo el territorio nacional
Cada comunidad autónoma contaba hasta ahora con criterios diferentes a la hora de determinar cómo se constituían las garantías financieras, qué instrumentos financieros se podían usar y los criterios a tener en cuenta para calcular la cuantía de las garantías financieras a constituir por las partes afectadas. Ahora, con este nuevo Real Decreto se establecen pautas comunes en todo el territorio nacional y se proporciona más seguridad a los operadores de residuos, lo que tendrá un efecto positivo sobre la competitividad del sector.
Este Real Decreto facilitará que los productores, gestores de residuos y otras figuras como los sistemas de responsabilidad ampliada del productor, que ya estuvieran obligados por la Ley de Residuos y otras normas en vigor, puedan cumplir con sus obligaciones y atender a sus responsabilidades sin poner en riesgo la viabilidad económica de sus empresas. Por su parte, el Real Decreto se corresponde con lo previsto en la futura Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una economía circular, que se encuentra actualmente en tramitación parlamentaria, ya que la futura Ley prevé para las garantías financieras un régimen análogo al de la normativa vigente.
Clasificación de los paneles fotovoltaicos
Esta norma adapta la clasificación de los paneles fotovoltaicos que contienen teluro de cadmio. La clasificación actual según la legislación vigente solo permitía catalogarlos como residuos peligrosos. Sin embargo, y dado que esta sustancia está presente en algunos modelos en poca cantidad, esos paneles pueden ser residuos no peligrosos conforme los resultados de la evaluación de la peligrosidad de acuerdo con lo que establece la normativa de residuos.
Por ello se hace necesario adaptar la normativa y contemplar ambas posibilidades, es decir, su clasificación como residuo peligroso y no peligroso para así, en ambos casos, destinarse a los tratamientos adecuados a sus características.