Aprobado el Real Decreto de envases y residuos que impulsará el reciclaje y la economía circular

El Gobierno aprueba el Real Decreto de envases y residuos de envases para avanzar en la implantación de la economía circular

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el Real Decreto de envases y residuos de envases aprobado por el Consejos de Ministros, a petición del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco). El texto revisa en profundidad la actual normativa, en vigor desde hace más de 20 años, estableciendo medidas orientadas a la prevención de residuos, el fomento de la venta a granel de alimentos, el aumento de envases reutilizables y la promoción del reciclado y marcado de productos.

El texto revisa en profundidad la actual normativa e incluye medidas orientadas a la prevención de residuos, el aumento de envases reutilizables y la promoción del reciclado.

Durante su tramitación, el real decreto ha recibido observaciones por parte de los sectores y departamentos ministeriales implicados tras haber sido sometido a información pública. El paquete normativo forma parte del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) y con su aprobación se da cumplimiento completo al hito 178 del mismo.

Este nuevo real decreto persigue transponer y aplicar la directiva de la Unión Europea sobre envases de plástico de un solo uso, impulsar la prevención en la producción de residuos de envases y su reutilización y alcanzar los objetivos de recogida separada de botellas de plástico de un solo uso establecidos en la Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular y confirmar su cumplimiento, de cara al establecimiento del sistema de depósito, devolución y retorno (SDDR).

Prevención y reducción de residuos

Entre las principales novedades se incluyen medidas orientadas a la prevención de residuos. Así, establece objetivos nacionales de carácter orientador, que no son aplicables de forma sectorial ni a un tipo específico de producto envasado.

En cuanto a los objetivos cuantitativos de reducción coinciden con los establecidos en la Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular, aplicados a este flujo de envases, y marca un objetivo para 2030 de reducción del 20% para las botellas de plástico de un solo uso respecto a los niveles de 2022.

Los comercios minoristas de alimentación deberán adoptar las medidas necesarias para presentar a granel aquellas frutas y verduras frescas que se comercialicen enteras. Esta obligación no se aplicará a las frutas y hortalizas envasadas en lotes de 1,5 kilogramos o más, ni a las frutas y hortalizas que se envasen bajo una variedad protegida o registrada o cuenten con una indicación de calidad diferenciada o de agricultura ecológica, así como a las frutas y hortalizas que presentan un riesgo de deterioro o merma cuando se venden a granel, las cuales se determinarán por orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Aumento de envases reutilizables

En esta línea, se han incluido medidas para fomentar el aumento de la proporción de envases reutilizables comercializados y de los sistemas de reutilización de envases de forma respetuosa con el medio ambiente y de conformidad con el Tratado de la UE, sin comprometer la higiene de los alimentos ni la seguridad de los consumidores.

De acuerdo con la directiva europea, el real decreto también fomentará la utilización de materiales obtenidos a partir de residuos de envases reciclados. En este sentido, establece porcentajes recomendados de plástico reciclado en los envases para 2025 y 2030, que sí serán obligatorios, por mandato comunitario, en el caso de las botellas de plástico de un solo uso. Por su parte, la norma dispone las obligaciones de marcado a partir del 1 de enero de 2025.

Responsabilidad ampliada del productor

En cuanto a la responsabilidad ampliada del productor (RAP), este real decreto establece la ampliación de las obligaciones a los productores que pongan en el mercado envases comerciales e industriales, hasta ahora exceptuados según la Ley de Envases y Residuos de Envases. Además, implicará distintas adaptaciones para los sistemas colectivos de la RAP (SCRAP) de envases domésticos constituidos hasta la fecha.

En concreto, en los casos de cumplimiento colectivo de las obligaciones del productor, la contribución deberá estar modulada para cada tipología de envases similares, teniendo en cuenta la naturaleza y cantidad de material utilizado en su fabricación, su durabilidad, que se puedan reparar, reutilizar y reciclar, su superfluidad, la cantidad de los materiales reciclados que contengan, la presencia de sustancias peligrosas u otros factores que afecten a la facilidad para la reutilización, al reciclado de los residuos de envases o a la incorporación de materiales reciclados, entre otros.

La norma dispone que los SCRAP en materia de envases domésticos financiarán, además de los costes de gestión de los envases recogidos separadamente, los costes derivados de los residuos de envases recuperados de la fracción resto, de la fracción inorgánica de los sistemas húmedo-seco y de la limpieza de vías públicas, zonas verdes, áreas recreativas y playas.

 
 
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