El Ayuntamiento de Madrid ha publicado las bases de la convocatoria permanente para el acceso a los servicios del vivero de iniciativas para el emprendimiento en agricultura urbana de la ciudad de Madrid. La convocatoria está destinada a todas aquellas iniciativas emprendedoras en el ámbito de la agricultura que quieran introducirse en la agricultura urbana de carácter comercial, pudiendo concurrir tanto personas físicas como jurídicas.
El Vivero de Emprendimiento Agrícola forma parte del programa Barrios productores puesto en marcha por el Ayuntamiento de Madrid, que tiene como objetivo fomentar la economía verde de los barrios y la generación de empleo verde a partir de la agricultura urbana.
Parcelas localizadas en zonas residenciales
Las primeras nueve parcelas integrantes del vivero están localizadas en zonas residenciales y han sido cuidadosamente seleccionadas a fin de ofrecer una diversidad de localizaciones, tamaños y entornos que permitan configurar diferentes modelos de negocio.
Estas nueve parcelas comprenden una superficie total de 88.500 m2, dos de las cuales tienen una superficie de 4.000 metros, otras 4 de entre 5.000 y 10.000 m2 y las tres restantes de entre 11.000 y 27.000 m2. Las parcelas se distribuyen por los distritos de Fuencarral-El Pardo, Hortaleza, San Blas-Canillejas, Moncloa-Aravaca, Puente de Vallecas, Ciudad Lineal, Vicálvaro y Carabanchel (ubicación y características)
Las parcelas del vivero se entregarán preacondicionadas para acoger el uso agrícola, dotándolas de elementos de apoyo, como la instalación de casetas modulares de aseos y vestuarios, almacén de aperos, almacén de productos y oficinas. Se dotará también de un banco de recursos comunes, con aperos, herramientas y pequeña maquinaria. Este banco ha sido financiado por el Foro de Empresas por Madrid.
Periodo de explotación
El tiempo de permanencia en el vivero será de cuatro años, incrementado en un año de carencia durante el cual las iniciativas seleccionadas deberán realizar las labores de preparación de los cultivos y las instalaciones complementarias, tales como invernaderos. Una vez finalizado el periodo anterior, los beneficiarios podrán formular una nueva solicitud referida a la misma parcela que venía explotando o a otra parcela distinta, completando un periodo máximo de nueve años de permanencia en el vivero.
Una vez transcurrido el periodo máximo de permanencia en el vivero, aquellas experiencias emprendedoras incubadas en el vivero que hayan tenido resultados exitosos, podrán desarrollarse, ya con vocación de permanencia, en terrenos que el Ayuntamiento de Madrid ponga a su disposición.
Forma y plazo de solicitud
Las solicitudes deberán acreditar que cuentan con un proyecto solvente, definido de forma específica para la parcela a la que opten y con un plan de negocio, tanto de productos como de servicios, así como con una configuración legal y financiera que permita valorar su viabilidad.
Los proyectos deben contemplar un uso que sea compatible con el entorno residencial y con el resto de los usos urbanos, deberán suponer una mejora del paisaje urbano, así como adoptar las medidas precisas para evitar molestias innecesarias y asegurar la adecuada convivencia con el vecindario.
El plazo para la formulación de solicitudes es de 50 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) del pasado 3 de mayo. Las bases de la convocatoria están publicadas en la sede electrónica, donde puede descargarse el formulario para la presentación de solicitudes.
Para facilitar la presentación de solicitudes, el vivero cuenta con una oficina técnica, que presta a los interesados asesoramiento técnico personalizado para la elaboración de los proyectos.