El Consejo Europeo ha llegado a un acuerdo sobre la propuesta de Ley de Restauración de la Naturaleza. Esta propuesta tiene por objeto poner en marcha medidas de restauración que cubrirán al menos el 20% de las zonas terrestres y el 20% del mar de la Unión Europea para 2030, y todos los ecosistemas que necesitan restauración para 2050. El enfoque general servirá como mandato del Consejo Europeo para las negociaciones con el Parlamento Europeo sobre la forma final de la legislación.
En junio de 2022, la Comisión Europea adoptó la propuesta de Ley de Restauración de la Naturaleza. Esta propuesta se propone adoptar medidas no solo para preservar sino también para restaurar la naturaleza. Además, tiene como finalidad mejorar el estado de la naturaleza mediante el establecimiento de objetivos y obligaciones vinculantes en una amplia gama de ecosistemas terrestres y marinos.
Medidas de restauración
El Consejo Europeo ha acordado que los Estados miembros implementarían medidas de restauración que traerían al menos el 30% de los hábitats en ecosistemas terrestres, costeros, de agua dulce y marinos que no están en buenas condiciones, tengan en 2030 buenas condiciones. Esto se aplicaría a al menos el 30% de la superficie total de los tipos de hábitats que se consideran en mal estado, frente a la superficie de cada grupo de hábitats propuesta inicialmente por la Comisión Europea.
No obstante, los Estados miembros establecerían medidas de restauración en al menos el 60% para 2040 y al menos el 90% para 2050 de la superficie de cada grupo de hábitat que no estén en buenas condiciones.
Evitar el deterioro significativo
Para las áreas de hábitat sujetas a medidas de restauración, los Estados miembros acordaron que se asegurarían de que no ocurra un deterioro significativo. En áreas que ya están en buenas condiciones o donde aún no se implementan medidas de restauración, particularmente fuera de la red de áreas protegidas Natura 2000, los Estados miembros se esforzarían por implementar las medidas necesarias para evitar un deterioro significativo.
Por otro lado, los Estados miembros acordaron que las medidas de restauración cuantitativa solo se aplicarían a áreas donde se conoce la condición de los hábitats. Para los hábitats terrestres, los Estados miembros tendrían hasta 2030 para determinar el 90% del estado de los hábitats. Para los hábitats marinos, el 50% de las lagunas de conocimiento tendrían que cerrarse para 2030. La condición de todos los hábitats debería conocerse para 2040, excepto para los sedimentos blandos, donde la fecha límite se extiende hasta 2050.
Obligaciones específicas del ecosistema
La propuesta contiene obligaciones que son específicas de los ecosistemas, a los que el Consejo Europeo aportó varias flexibilidades. Para los ecosistemas urbanos, el Consejo Europeo reemplazó los objetivos cuantitativos con la obligación de los Estados miembros de lograr una tendencia creciente en las áreas verdes urbanas hasta alcanzar un nivel satisfactorio.
El Consejo Europeo mantuvo el requisito de ‘pérdida neta nula’, que establece que no debe haber pérdida neta de espacios verdes urbanos y de cubierta de árboles urbanos para 2030, en comparación con cuando la regulación entre en vigor, a menos que los ecosistemas urbanos ya tengan más del 45% de espacio verde.
Asimismo, el Consejo estableció restaurar el 30% de las turberas drenadas para uso agrícola para 2030 y el 50% para 2050, con la posibilidad de que los estados miembros que se vean muy afectados apliquen un porcentaje más bajo.
Planes nacionales de restauración
Según las nuevas normas, los Estados miembros presentarán regularmente planes nacionales de restauración a la Comisión Europea que muestren cómo cumplirán con los objetivos. También monitorearían e informarían sobre su progreso.
Los Estados miembros primero presentarían planes nacionales de restauración que cubrían el período hasta junio de 2032, con una visión estratégica para el período posterior a junio de 2032. Para junio de 2032, los Estados miembros deben presentar planes de restauración hasta 2042 con un panorama estratégico hasta 2050 y para junio de 2042 presentarían planes hasta 2050.
Plantas para la producción de energía
El Consejo Europeo añadió un nuevo artículo que establece que la planificación, construcción y explotación de plantas para la producción de energía a partir de fuentes renovables, su conexión a la red y la propia red asociada y los activos de almacenamiento, se presumen de interés público superior.
Esto significa que se beneficiarían de una excepción a las obligaciones de mejora continua y no deterioro. Además, los Estados miembros podrían eximir a estos proyectos de la obligación de demostrar que existen soluciones alternativas menos dañinas, si se ha llevado a cabo una evaluación ambiental estratégica. Para asegurar la alineación con la directiva de energía renovable, actualmente en revisión, los estados miembros también pueden restringir la aplicación de estas exenciones de acuerdo con las prioridades establecidas en sus planes nacionales integrados de energía y clima.