La orden ministerial que desarrolla varios elementos del Sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE) ha sido aprobada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco). Su aplicación permitirá a las comercializadoras de energía cumplir sus obligaciones de ahorro de modo más flexible, beneficiará a los consumidores, e impulsará el empleo, la productividad y la competitividad empresarial. Además, facilitará que se alcancen los objetivos nacionales de ahorro fijados por la normativa comunitaria.
La Directiva 2012/27/UE, relativa a la eficiencia energética, insta a los Estados miembros a la creación de un Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (SNOEE).
Esto permitirá asignar una cuota anual de ahorro energético en el ámbito nacional, en función de su volumen de ventas, a las empresas comercializadoras de gas y electricidad, a los operadores de productos petrolíferos al por mayor y a los operadores de gases licuados de petróleo al por menor. En el caso español se traduce en aportaciones financieras equivalentes al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE).
Incrementar las obligaciones de ahorro energético
Con la finalidad de reforzar el Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética, las energéticas sujetas a una cuota anual de ahorro podrán voluntariamente sustituir sus pagos al Fondo Nacional de Eficiencia Energética en un porcentaje que se determinará anualmente y que en 2023 llega al 40%, por un ahorro de energía final equivalente que podrán acreditar con los Certificados de Ahorro Energético.
Los CAE podrán comercializarse, monetizando el ahorro, y se obtendrán como contraprestación de medidas de eficiencia energética que podrán estar incluidas en un catálogo de medidas estandarizadas recogido en una orden ministerial en avanzado estado de tramitación. Los CAE serán emitidos por el gestor designado por cada comunidad y ciudad autónoma y la coordinación del sistema corresponderá al Miteco.
De esta forma, este sistema permitirá incrementar las obligaciones de ahorro en línea con la nueva normativa europea, beneficiando a la vez a los sujetos obligados, a los consumidores finales y a los ciudadanos.
Sujeto Delegado, Verificador del Ahorro de Energía y Registro
Esta orden ministerial desarrolla varios elementos del Real Decreto 36/2023, como las figuras del Sujeto Delegado, el Verificador del Ahorro de Energía o el Registro Nacional de CAE.
Las empresas obligadas a contribuir al Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética podrán valerse de los sujetos delegados que, debidamente acreditados, ejecutarán actuaciones de ahorro y eficiencia energética que permitan a las primeras reducir su aportación financiera anual al Fondo Nacional de Eficiencia Energética. Tanto los sujetos delegados como las empresas obligadas podrán promover la realización de actuaciones para la obtención de CAE o, en su defecto, adquirir CAE directamente en el mercado.
El Verificador será una entidad acreditada por Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) encargada de comprobar que la documentación presentada por las empresas obligadas o sus delegados para obtener CAE es acorde a la normativa. Desempeñará su cometido de acuerdo con los procedimientos de ENAC.
En el Registro Nacional de CAE se inscribirán los CAE emitidos por los gestores autonómicos. Dependerá del Miteco y permitirá inventariar a las empresas obligadas y los sujetos delegados en cada ejercicio, así como trazar todas las operaciones realizadas con los CAE durante sus tres años de validez desde la ejecución de la medida. Estará alojado en una plataforma electrónica que permitirá a los interesados tramitar todo el procedimiento relativo a los CAE, desde la solicitud hasta la liquidación, de un modo transparente.