Acuerdo provisional de la UE para proteger a los consumidores y avanzar en la transición ecológica

El Consejo Europeo y el Parlamento Europeo han alcanzado un acuerdo político provisional con respecto a la Directiva sobre el Empoderamiento de los Consumidores para la Transición Ecológica. El acuerdo actualiza la lista existente de la UE de prácticas comerciales prohibidas y añade varios hábitos de comercialización problemáticos relacionados con el ‘blanqueo ecológico’ y la obsolescencia temprana de los productos. El objetivo de las nuevas normas es proteger a los consumidores de las prácticas engañosas y ayudarles a tomar mejores decisiones de compra.

La UE prohibirá el lavado ecológico y mejorará la información al consumidor sobre la durabilidad de los productos.

El 30 de marzo de 2022, la Comisión Europea presentó una propuesta de Directiva sobre el Empoderamiento de los Consumidores para la Transición Ecológica. La propuesta es una de las iniciativas que figuran en la Nueva Agenda del Consumidor de 2020 y el Plan de Acción para la Economía Circular de 2020 de la Comisión Europea, y da seguimiento al Pacto Verde Europeo.

Asimismo, forma parte de un paquete de cuatro propuestas, junto con el Reglamento sobre Diseño Ecológico para Productos Sostenibles, la propuesta de Directiva sobre Alegaciones Medioambientales y la propuesta de Directiva sobre Derecho a la Reparación.

Para convertirse en ley, el acuerdo provisional ahora tendrá que obtener la aprobación final tanto del Parlamento Europeo como del Consejo Europeo. Se espera que la votación de los eurodiputados tenga lugar en noviembre. Cuando la directiva entre en vigor, los Estados miembros tendrán 24 meses para incorporar las nuevas normas a su legislación.

Mejor información sobre los productos

La Directiva sobre el Empoderamiento de los Consumidores para la Transición Ecológica tiene por objeto luchar contra las prácticas comerciales desleales que impiden a los consumidores tomar las decisiones adecuadas en lo que se refiere a productos y servicios más ecológicos o circulares.

Este acuerdo provisional mantiene los principales objetivos de la Directiva, pero introduce algunas mejoras. En particular, mejora la credibilidad de las etiquetas de sostenibilidad al definir los elementos clave del sistema de certificación en el que deben basarse, a menos que los establezcan las autoridades públicas. Además, aumenta la transparencia y el seguimiento de las alegaciones relacionadas con el futuro comportamiento medioambiental.

También incluye las alegaciones injustas basadas en la compensación de las emisiones de gases de efecto invernadero en la lista de prácticas comerciales prohibidas. Esto implica que los comerciantes no podrán alegar que un producto tiene un impacto medioambiental neutro, reducido o mejorado basándose en programas de compensación no verificados.

Garantía comercial de durabilidad

El texto aclara la responsabilidad de los comerciantes a la hora de informar (o de no informar) sobre la obsolescencia prematura, las actualizaciones innecesarias de programas informáticos o la obligación injustificada de comprar piezas de recambio al fabricante original. Dichas prácticas se prohibirán, pero el texto transaccional deja claro que los comerciantes solo serán responsables si hay información disponible sobre las características de diseño que dan lugar a tales situaciones.

Por último, se introducirá una etiqueta armonizada con información sobre la garantía comercial de durabilidad que ofrecen los productores y que incluirá una referencia a la garantía legal de conformidad. Además, se mostrará de forma destacada en las tiendas y sitios web un aviso armonizado para ofrecer información sobre la garantía legal de conformidad.

 
 
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