Abierta la convocatoria de ayudas para la rehabilitación de edificios en el barrio de Andonaegi en Pasaia

Convocatoria y bases de subvenciones para la rehabilitación energética de edificios residenciales el barrio de Andonaegi

El Ayuntamiento de Pasaia (Guipúzcoa) ha aprobado la convocatoria y las bases de las subvenciones para la rehabilitación energética de los edificios residenciales en el barrio de Andonaegi. Las comunidades de propietarios podrán solicitar estas ayudas hasta el 21 de noviembre de 2023.

Hasta el 21 de noviembre está abierto el plazo para solicitar las ayudas para la rehabilitación de edificios en el barrio de Andonaegi en Pasaia.

El objeto de estas bases es la regulación de las condiciones de tramitación y concesión, en su caso, de las ayudas económicas a que pudieran optar los edificios residenciales definidos dentro del marco del Programa 1 de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

Rehabilitación en edificios de uso residencial

El programa tiene como objeto la financiación de la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios de uso predominante residencial dentro del ámbito de actuación denominado Entorno Residencial de Rehabilitación Programada (ERRP) de Andonaegi.

El procedimiento para concesión de las ayudas se iniciará mediante solicitud presentada por vía telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento de Pasaia. La tramitación de las ayudas deberá efectuarse por la persona propietaria única del edificio o por quien represente a la comunidad de personas propietarias, en los términos establecidos por la Ley 49/ 1960 de 21 de julio, sobre propiedad horizontal o, en su defecto, por una persona representante de la comunidad debidamente acreditada.

A la solicitud se deberá adjuntar la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones y requisitos necesarios para ser beneficiaria de las mismas. No será necesaria la entrega de la documentación que se solicita en las presentes bases que ya haya sido entregada con anterioridad.

 
 
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