El Consejo y el Parlamento Europeo han alcanzado un acuerdo político provisional sobre nuevas medidas para garantizar que la calidad del aire en la Unión Europea no sea perjudicial para la salud humana, los ecosistemas naturales y la biodiversidad con el objetivo alcanzar la contaminación cero, contribuyendo así a un entorno libre de sustancias tóxicas de aquí a 2050. Además, busca alinear los estándares de calidad del aire de la UE con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
La Unión Europea tiene dos directivas sobre la calidad del aire que datan de 2004 y 2008. La revisión de esas directivas fue presentada por la Comisión Europea en octubre de 2022, como parte integral del plan de acción de contaminación cero de la Unión Europea en el marco del Pacto Verde Europeo. La propuesta de la Comisión Europea actualiza y fusiona las dos directivas existentes e introduce el objetivo de contaminación atmosférica cero, que debe alcanzarse de aquí a 2050.
Estándares y objetivos de calidad del aire
Las nuevas normas establecen límites y valores objetivo para 2030 más estrictos, en comparación con las normas actuales, para varios contaminantes, incluidas las partículas (PM 2,5, PM 10), NO2 (dióxido de nitrógeno) y SO2 (dióxido de azufre). Para los dos contaminantes con mayor impacto documentado en la salud humana, PM 2,5 y NO2, los valores límite anuales se reducirán a más de la mitad, de 25 µg/m3 a 10 µg/m3 y de 40 µg/m3 a 20 µg/m3, respectivamente.
Las normas de calidad del aire se revisarán antes del 31 de diciembre de 2030 y, a partir de entonces, al menos cada cinco años y con mayor frecuencia si se desprenden de nuevos hallazgos científicos, como las directrices revisadas sobre la calidad del aire de la Organización Mundial de la Salud.
Los Estados miembros podrán solicitar antes del 31 de enero de 2029, bajo condiciones estrictas, un aplazamiento de la fecha límite para alcanzar los valores límite de calidad del aire. Hasta el 1 de enero de 2024 para las zonas en las que el cumplimiento resulte inalcanzable debido a condiciones climáticas y orográficas específicas o donde las reducciones necesarias solo se puedan lograr con un impacto significativo en los sistemas de calefacción domésticos existentes; y hasta el 1 de enero de 2035 (con posibilidad de ampliarlo dos años más) si las proyecciones muestran que los valores límite no pueden alcanzarse antes de la fecha límite.
Para solicitar estos aplazamientos, los Estados miembros tendrán que incluir proyecciones de calidad del aire en sus hojas de ruta, que se establecerán antes de 2028. Asimismo, durante el aplazamiento deberán actualizar periódicamente sus hojas de ruta e informar sobre su implementación.
Hojas de ruta y planes de acción
En los casos en que se supere un valor límite o objetivo o exista un riesgo concreto de superar los umbrales de alerta o información para determinados contaminantes, el texto exige a los Estados miembros que establezcan una hoja de ruta sobre la calidad del aire antes de la fecha límite si entre 2026 y 2029 el nivel de contaminantes supera el límite o el valor objetivo que debe alcanzarse para 2030.
Asimismo, se deberán crear planes de calidad del aire para zonas donde los niveles de contaminantes superen los valores límite y objetivo establecidos en la Directiva después de la fecha límite y elaborar planes de acción a corto plazo que establezcan medidas de emergencia para reducir el riesgo inmediato para la salud humana en zonas donde se superarán los umbrales de alerta.
Índices de calidad del aire comparables, claros y disponibles
Los colegisladores han acordado hacer que los índices de calidad del aire actualmente fragmentados en toda la Unión Europea sean comparables, claros y disponibles públicamente. Estos índices también proporcionarán información sobre los síntomas asociados con los picos de contaminación del aire y los riesgos para la salud asociados con cada contaminante.
También se ha acordado que los ciudadanos afectados y las ONG ambientalistas deberían tener acceso a la justicia para impugnar la implementación de esta Directiva en los Estados miembros, y que los ciudadanos deberían tener derecho a una indemnización cuando su salud haya sido dañada debido a la violación de las nuevas normas nacionales.
El texto modificado por los colegisladores también aclara y amplía los requisitos para que los Estados miembros establezcan sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias para quienes infrinjan las medidas adoptadas para aplicar la directiva.
El acuerdo aún debe ser adoptado por el Consejo y el Parlamento Europeo, después de lo cual la nueva ley se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea y entrará en vigor 20 días después. Los países de la UE tendrán entonces dos años para aplicar las nuevas normas.