Abierto el plazo de solicitud de ayudas para rehabilitar viviendas en San Millán y El Salvador en Segovia

El Ayuntamiento de Segovia ha abierto el plazo de solicitud de subvenciones para la rehabilitación de un total de 284 viviendas de los Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP) de los barrios de El Salvador (176 viviendas) y San Millán (108). El plazo de solicitud está abierto hasta el 30 de noviembre de 2025.

El plazo para solicitar las ayudas a la rehabilitación de viviendas en los ERRP de los barrios de San Millán y El Salvador está abierto hasta el 30 de noviembre de 2025.

Las subvenciones ERRP están destinadas a los propietarios de inmuebles y comunidades de vecinos para la rehabilitación en edificios de uso predominantemente residencial dentro de los entornos delimitados en ambos barrios. Se trata de actuaciones que deberán ejecutarse antes del 30 de junio de 2026.

Las ayudas serán concedidas en régimen de concurrencia no competitiva hasta agotar los fondos, que en esta fase suman para los dos programas 3.622.320 euros aportados por la Unión Europea y el Ayuntamiento de Segovia, con aportación de los propietarios.

Mejorar la eficiencia energética de edificios residenciales

La convocatoria de ayudas está destinada a financiar las obras de actuaciones de rehabilitación en edificios en los que se obtenga una mejora acreditada de la eficiencia energética, con especial atención a la envolvente edificatoria.

Serán subvencionables las actuaciones de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda con los límites establecidos en las bases, siempre que se obtenga una reducción al menos del 30% del consumo de energía primaria no renovable, referida a la certificación energética, y consigan una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración del edificio de al menos un 35%.

Los edificios protegidos oficialmente por ser parte de un entorno declarado o en razón de su particular arquitectónico o histórico, en los que estén limitadas las actuaciones sobre los elementos que componen la envolvente térmica, no tendrán que cumplir con la reducción de demanda establecida en el punto anterior. No obstante, aquellos elementos de la envolvente sobre los que se pueda intervenir deben de cumplir con los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire, cuando proceda, establecidos en la tabla 3.1.1.a –HE1, del Documento Básico DB HE de Ahorro de Energía del Código Técnico de la Edificación.

Asimismo, en los edificios en los que se hayan realizado en los últimos cuatro años intervenciones de mejora de la eficacia energética en las que pueda acreditarse que se redujo la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración en un porcentaje igual o superior al establecido anteriormente en esta misma letra, quedan eximidos del cumplimiento del requisito de reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración.

 
 
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