El Consejo Europeo adopta nuevas normas que contribuirán al objetivo de contaminación cero para 2050

El Consejo Europeo ha adoptado formalmente la Directiva que establece normas actualizadas para garantizar que la calidad del aire en la Unión Europea no sea perjudicial para la salud humana, los ecosistemas naturales y la biodiversidad. La finalidad es alcanzar la contaminación cero, contribuyendo así a un entorno libre de sustancias tóxicas de aquí a 2050. Además, busca alinear los estándares de calidad del aire de la UE con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS).

El Consejo Europeo ha dado luz verde definitiva a la Directiva que contribuirá al objetivo de la UE de contaminación cero para 2050.

La Directiva revisada establece nuevos estándares de calidad del aire para los contaminantes que deben alcanzarse de aquí a 2030 y que se ajustan más a las directrices de calidad del aire de la OMS. Entre esos contaminantes se incluyen, entre otros, las partículas PM10 y PM2,5, el dióxido de nitrógeno y el dióxido de azufre, todos ellos conocidos por provocar problemas respiratorios. Los Estados miembros pueden solicitar que se posponga la fecha límite de 2030 si se cumplen determinadas condiciones específicas.

Acceso a la justicia y derecho a indemnización

La nueva Directiva garantiza un acceso justo y equitativo a la justicia para las personas afectadas o que puedan verse afectadas por la aplicación de la Directiva. Los Estados miembros deben garantizar que los ciudadanos tengan derecho a reclamar y obtener una indemnización cuando su salud se vea perjudicada por una infracción de las normas de calidad del aire establecidas en la Directiva.

También se garantizará una acción temprana, con hojas de ruta de calidad del aire que deberán prepararse antes de 2030, si existe el riesgo de que no se alcancen los nuevos estándares para esa fecha. Los estándares de calidad del aire se revisarán periódicamente de acuerdo con la evidencia científica más reciente para evaluar si siguen siendo apropiados.

El texto se publicará en el Diario Oficial de la UE y entrará en vigor el vigésimo día siguiente a su publicación. Los Estados miembros dispondrán de dos años a partir de su entrada en vigor para incorporar la Directiva a su legislación nacional. La Comisión Europea revisará las normas de calidad del aire de aquí a 2030 y, a partir de entonces, cada cinco años, de acuerdo con las últimas pruebas científicas.

Mantener el objetivo de limitar el calentamiento global a 1,5 ºC

En la 29ª Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (COP29), que tendrá lugar del 11 al 22 de noviembre en Bakú (Azerbaiyán), el Consejo Europeo destacará la importancia de acordar un nuevo objetivo cuantificado colectivo sobre financiación climática que sea alcanzable y adecuado.

En este contexto, el Consejo Europeo reitera que las finanzas públicas por sí solas no pueden proporcionar los niveles de financiación necesarios para lograr una economía mundial climáticamente neutra y resiliente; la inversión privada tendrá que aportar la mayor parte de la inversión necesaria para la transición verde.

Por otro lado, el Consejo Europeo subraya que los planes climáticos que se presentarán en 2025 deberán reflejar el progreso y el mayor nivel posible de ambición para mantener el objetivo de limitar el calentamiento global a 1,5 °C. Asimismo, el Consejo Europeo pedirá a todas las partes que redoblen sus esfuerzos para integrar e incorporar la adaptación al cambio climático y la resiliencia en las políticas existentes pertinentes.

 
 
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