Comunicación presentada al III Congreso Edificios Energía Casi Nula:
Autores
- Nicolás Bermejo Presa, Responsable Departamento Prescripción, Saint-Gobain ISOVER.
- Alberto Coloma Campal, Director proyecto, HABITAT Saint-Gobain.
Resumen
La necesaria certificación energética de edificios, puede representar una excelente oportunidad para su transformación en EECN. La implementación de medidas pasivas durante los procesos de Rehabilitación conduce a una drástica disminución de la demanda energética de calefacción y refrigeración y aporta, al mismo tiempo, una mejora en las condiciones de confort en el interior de los edificios. En esta comunicación analizamos como pueden ser integradas las medidas pasivas de última generación en el procedimiento de calificación energética, para transformar un edificio a través de su rehabilitación en un EECN. Durante la exposición de esta comunicación, se realizarán simulaciones en tiempo real utilizando un complemento que se integra dentro del procedimiento para la calificación energética de edificios Ce3x y con el que transformaremos diferentes edificios en EECN.
Introducción: Calificación Energética de Edificios
En un contexto internacional de crisis económica, en el que la energía sigue aumentando su coste y en el que no se ha resuelto el problema medioambiental de las emisiones de gases de efecto invernadero, unido a unos consumos de energía en el sector residencial insostenibles, se publica la directiva europea 2010/31/UE, de Eficiencia energética en edificios, según la cual todos los estados miembros deberán de tomar medidas encaminadas para que a partir de 2020 los edificios de nueva planta tengan un consumo de energía casi nulo.
No debemos de olvidar de igual manera, la necesidad de la aplicación de los anteriores conceptos a la rehabilitación de edificios existentes y cuya anterior Directiva insta a los estados miembros a establecer un procedimiento que permita certificar la eficiencia energética de los edificios, velando por el derecho a información a los ciudadanos.
El Real Decreto 235/2013 de 5 de Abril por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios establece la obligación de poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un certificado de eficiencia energética que deberá incluir información objetiva sobre la eficiencia energética de un edificio y valores de referencia tales como requisitos mínimos de eficiencia energética con el fin de que los propietarios o arrendatarios del edificio o de una unidad de éste puedan comparar y evaluar su eficiencia energética. De esta forma, valorando y comparando la eficiencia energética de los edificios, se favorecerá la promoción de edificios de alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía.
Se establece el Procedimiento básico que debe cumplir la metodología de cálculo de la calificación de eficiencia energética, considerando aquellos factores que más incidencia tienen en su consumo energético, así como las condiciones técnicas y administrativas para las certificaciones de eficiencia energética de los edificios.
Actualmente, el proceso de calificación energética de edificios, se lleva a cabo mediante alguno de los programas reconocidos.
La necesaria certificación energética de edificios según el procedimiento anterior, puede representar una excelente oportunidad para su transformación en EECN. La implementación de medidas pasivas durante los procesos de Rehabilitación conduce a una drástica disminución de la demanda energética de calefacción y refrigeración y aporta, al mismo tiempo, una mejora en las condiciones de confort en el interior de los edificios.
Rehabilitación: Integración del Informe de medidas de mejora en el Informe de Calificación Energética del Edificio
Para los edificios existentes, el Real decreto establece en su artículo 6 la necesidad de integrar en el informe de certificación energética del edificio, un documento de recomendaciones para la mejora de los niveles óptimos o rentables de la eficiencia energética de un edificio o de una parte de este. Las recomendaciones incluidas en el certificado de eficiencia energética abordarán:
- Las medidas aplicadas en el marco de reformas importantes de la envolvente y de las instalaciones técnicas de un edificio.
- Las medidas relativas a elementos de un edificio, independientemente de la realización de reformas importantes de la envolvente o de las instalaciones técnicas de un edificio.
Las recomendaciones incluidas en el certificado de eficiencia energética serán técnicamente viables y podrán incluir una estimación de los plazos de recuperación de la inversión o de la rentabilidad durante su ciclo de vida útil.
Contendrá información dirigida al propietario o arrendatario sobre dónde obtener información más detallada, incluida información sobre la relación coste-eficacia de las recomendaciones formuladas en el certificado. La evaluación de esa relación se efectuará sobre la base de una serie de criterios estándares, tales como la evaluación del ahorro energético, los precios subyacentes de la energía y una previsión de costes preliminar. Por otro lado, informará de las actuaciones que se hayan de emprender para llevar a la práctica las recomendaciones.
Se analizarán las principales medidas de mejora existentes y como éstas se pueden integrar dentro del informe de la calificación energética de edificios en CE3x, analizando como cada una de ellas puede afectar a la mejora de la calificación energética del edificio.
Es factible, durante la definición de medidas de mejora, proponer actuaciones que nos acerquen al concepto de edificio de energía casi nulo teniendo en cuenta las mejores tecnologías técnica y económicamente viables. Es obvio, que la demanda energética del edificio mejorado dependerá de ciertas condiciones de contorno del edificio existente como la orientación, compacidad, etc., pero existe un campo de actuación en términos de medidas pasivas que con un análisis en este preciso momento de definición de medidas, pueden conducir al acercamiento del concepto de edifico de energía casi nulo, integrando dicho concepto en el propio proceso de definición de conjuntos de medidas de mejora correspondiente a la certificación energética de edificios.
Además, del contenido mínimo exigible por la legislación de referencia, es necesario que junto con el informe de medidas de mejora, integremos información complementaria más “visual”, con el objetivo de que el usuario final pueda ser capaz de interpretar de una forma mucho más activa el contenido del mismo y sus ventajas.
Definición de medidas de mejora en la envolvente
Se analizarán las principales soluciones pasivas que permiten disminuir la demanda energética del edificio y mejorar su calificación energética. Para ello, se realizará la modelización en tiempo real de distintos casos prácticos a través de un revolucionario complemento que ha sido desarrollado específicamente para la definición de medidas de mejora de forma automatizada siguiendo los siguientes pasos:
Definir la parte o partes de la envolvente sobre la cual se van a definir las medidas de mejora
Seleccionar la solución constructiva a integrar (parte opaca)
En el caso de que exista cámara de aire podemos optar por un sistema de insuflado y sin olvidar las técnicas para el aislamiento de cubiertas.
Seleccionar las medidas de mejora de la parte acristalada
Análisis e interpretación de resultados. Informe final
Es muy importante, disponer de una modelización energética previa al proceso de Rehabilitación, en la cual, mediante la comparación con el escenario base, se le indique al propietario las mejoras tanto en demandas, consumos, emisiones de CO2 y calificación energética del edificio tras el proceso de implementación de las mejoras.
Caso práctico
Partiendo de un caso base, se analiza el comportamiento energético del edificio y su calificación para un edificio de un bloque de viviendas que fue construido en el año 1965 donde, se realizarán simulaciones para las ciudades de Madrid, Barcelona y León.
Conclusiones
La ambiciosa apuesta europea en favor de los EECN tendrá efectos prácticos muy reducidos si los requisitos que se impondrán próximamente a los edificios de nueva planta no se ven acompañadas por estrategias de rehabilitación a gran escala del parque ya construido con criterios energéticos no menos exigentes. Por ello, la certificación energética representa una oportunidad única para promover rehabilitaciones ambiciosas en materia de energía, que debemos aprovechar bien y a la primera, puesto que si ya es complicado poner en marcha un proceso de mejora de un edificio se nos antoja imposible promover uno posterior para llevar la eficiencia energética a los niveles a los que no se quiso o supo llevar en esa primera ocasión.
Referencias
- Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
- Condiciones técnicas de los procedimientos para la evaluación de la eficiencia energética de los edificios. Ministerio de Fomento. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.